EL PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO DESDE EL MARCO NORMATIVO
13.12.2018
LOE, 20016 (modificado por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE, 2013)
A continuación se muestran las bases normativas del Proyecto Educativo del Centro (P.E.C.):
Artículo 120
- Los centro disponen de autonomía pedagógica, organización y gestión de acuerdo a las normas pautadas por la legislación vigente.
- Disponen de autonomía para elaborar, aprobar y ejecutar un P.E.C.
Artículo 121
- El P.E.C. deberá de recoger los valores, objetivos y prioridades de actuación. Así como la concreción del currículo establecido por la Administración y el tratamiento transversal de las áreas.
- Será aprobado por el claustro de profesores.
- Deberá estar contextualizado a su entorno social y cultural. Recogerá las formas y medidas de atención a la diversidad, la acción tutorial, el plan de convivencia, valores y principios como la no discriminación y la inclusión educativa.
- Debe ser un documento de dominio público, abierto y flexible para que los docentes del centro puedan elaborar sus programaciones didácticas.
- Los centros específicos incorporarán aspectos específicos que definen el carácter singular del centro.