EL PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO DESDE EL MARCO NORMATIVO

13.12.2018

LOE, 20016 (modificado por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE, 2013) 

A continuación se muestran las bases normativas del Proyecto Educativo del Centro (P.E.C.):

Artículo 120

  • Los centro disponen de autonomía pedagógica, organización y gestión de acuerdo a las normas pautadas por la legislación vigente.
  • Disponen de autonomía para elaborar, aprobar y ejecutar un P.E.C. 

Artículo 121

  • El P.E.C. deberá de recoger los valores, objetivos y prioridades de actuación. Así como la concreción del currículo establecido por la Administración y el tratamiento transversal de las áreas.
  • Será aprobado por el claustro de profesores.
  • Deberá estar contextualizado a su entorno social y cultural. Recogerá las formas y medidas de atención a la diversidad, la acción tutorial, el plan de convivencia, valores y principios como la no discriminación y la inclusión educativa.
  • Debe ser un documento de dominio público, abierto y flexible para que los docentes del centro puedan elaborar sus programaciones didácticas.
  • Los centros específicos incorporarán aspectos específicos que definen el carácter singular del centro.

Escrito por: Iván Muñoz

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